¿Qué debo saber antes de empeñar en esta cuesta de enero?
Si bien recurrir a las casas de empeño es una alternativa atractiva para muchas personas, es necesario saber en qué consiste el empeño así como aspectos relacionados con éste para hacer un manejo inteligente de las finanzas y lograr que la cuesta de enero no cueste tanto.
Enero puede ser uno de los meses más complicados para muchas personas, no por nada existe la famosa frase refiriéndose a este período como “la cuesta de enero”.
A pesar de lo gratos que son, los festejos con motivo de Navidad y fin de año generan gastos que pueden tener un impacto negativo en las finanzas personales, razón por la que muchas personas sufren para estabilizarse durante el inicio del nuevo año.
Ya desde finales de diciembre y en los primeros días de 2021, las casas de empeño han registrado un ligero aumento en operaciones y los expertos estiman que este fenómeno sólo incrementará conforme avance el primer bimestre del año.
Puntos a considerar antes de empeñar
Cabe resaltar que empeñar no es vender, lo que implica que la casa de empeño no otorgará el 100% del valor de la prenda. Las casas de empeño ofrecen un porcentaje del valor total de la prenda y la mantienen en resguardo durante cierto periodo.
Además, como las casas de empeño no otorgan créditos, no es necesario contar con antecedentes crediticios o comprobantes de ingresos, por lo que es una buena opción para la gente que no cuenta con esos requisitos.
Lo que se deja como garantía de pago es la prenda. Si se cumple con el pago del monto recibido, se puede recuperar la prenda sin ningún obstáculo. De lo contrario, la institución financiera tiene derecho a quedarse con ella.
Las prendas que se pueden empeñar dependen del catálogo específico de cada casa de empeño, sin embargo, algunos ejemplos son artículos electrónicos, como celulares o computadoras, alhajas, como joyas de oro o relojes, o incluso diversos tipos de electrodomésticos.
También se pueden empeñar herramientas, bienes inmuebles, automóviles y motocicletas e instrumentos musicales.
Una encuesta realizada en 2018 por la Dirección General de Estudios sobre Consumo (DGEC) respecto a la información proporcionada a los usuarios de casas de empeño demostró que el 62% de los usuarios empeñó alhajas de oro, seguido por aparatos electrónicos menores.
Dependiendo del monto que requieras obtener, puedes llevar una o más prendas a empeñar, con lo que obtendrás una mayor cantidad de efectivo.
Las prendas siempre deben presentarse en buen estado y funcionando de forma adecuada; además, deberán ir con sus respectivos accesorios, como cargador, baterías y documentos en regla según corresponda.
La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) menciona que para empeñar, es necesario presentar una identificación oficial y la prenda a empeñar. Posteriormente, se hará un avalúo de la prenda y se le informará al solicitante el monto del préstamo. Después, se firmará un contrato que deberá estar registrado en la Profeco y la casa de empeño entregará el efectivo junto con la boleta de empeño.
Al empeñar una prenda, recibirás una Boleta de Empeño que estipula el monto total del préstamo, las especificaciones físicas o técnicas de la prenda, la frecuencia de los pagos, el tiempo estimado para recuperar la prenda y los números de refrendos posibles. Esta información es fundamental para que realices los pagos correspondientes en el tiempo estipulado para poder recuperar tu prenda.
Fundación Dondé señala que, además, toda casa de empeño tiene la capacidad de cobrar cierto costo por el dinero prestado. Los préstamos tienen un Costo Anual Total (CAT) que incluye tasas de interés, avalúo, comisiones y costos por almacenaje. Cada categoría de prendas tiene un CAT distinto.
La papeleta de empeño señala el porcentaje a pagar por comisiones generadas por distintos casos, como desempeño extemporáneo, reposición de contrato o derecho a comercialización.
Asimismo, la papeleta permite saber si es posible recuperar la prenda en el Plazo de Gracia, el cual es un número de días adicionales para liquidar.
Un dato que muchos usuarios desconocen es que, desde junio de 2006, la Ley Federal de Protección al Consumidor regula la operación de las casas de empeño en su artículo 65 BIS. Por ello, las casas de empeño deben estar inscritas en el Registro Público de Casas de Empeño, con lo cual se busca brindar seguridad jurídica a los consumidores.
Fuente: El Universal